LOPNNA Artículo 610: Recurso de casación.

Artículo 610. Recurso de casaciónSe admite recurso de casación únicamente contra las sentencias del Tribunal Superior que:a) Pronuncien la condena, siempre que la sanción impuesta sea privación de libertad.b) Pronuncien la condena, siempre que el tribunal de juicio hubiese…

LOPNNA Artículo 583: Admisión de hechos.

Artículo 583. Admisión de hechos. Admitida la acusación o antes del inicio del debate en la fase de juicio, el juez o la jueza de control o de juicio según el caso, instruirá al o la adolescente respecto del procedimiento especial de admisión de los hechos. Admitidos los hechos…

LOPNNA Artículo 376: Legitimados activos.

Artículo 376. Legitimados activosLa solicitud para la fijación de la Obligación de Manutención puede ser formulada por el propio hijo o hija si tiene doce años o más, por su padre o su madre, por quien ejerza su representación, por sus ascendientes, por sus parientes colaterales…

LOPNNA Artículo 206: Registro.

Artículo 206. Registro Las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes sólo pueden funcionar después de obtener su registro ante el Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio donde prestarán sus servicios.Las personas que en las Defensorías sirvan…

Artículo 373. Equiparación de los hijos e hijas para cumplirse la obligación
El niño, niña o adolescente que, por causa justificada, no habite conjuntamente con su padre o con su madre, tiene derecho a que la Obligación de Manutención sea, respecto a él o a ella, en calidad y cantidad igual a la que corresponde a los demás hijos, hijas o descendientes del padre o de la madre que convivan con éstos o éstas.

 

Concordancia adicional
Código Civil Artículo 128
Código Civil Artículo 282
Código Civil Artículo 290
Código Civil Artículo 300