LOPNNA Artículo 15: Derecho a la vida.

Artículo 15. Derecho a la vida Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida.El Estado debe garantizar este derecho mediante políticas públicas dirigidas a asegurar la sobrevivencia y el desarrollo integral de todos los niños, niñas y adolescentes.

LOPNNA Artículo 489-J: Fines.

Artículo 489-J. Fines Los jueces y juezas de instancia deben acoger la doctrina de casación establecida en casos análogos, para defender la integridad de la legislación y la uniformidad de la jurisprudencia.

LOPNNA Artículo 455: Cómputo de términos, lapsos y plazos.

Artículo 455. Cómputo de términos, lapsos y plazosLos términos, lapsos y plazos de esta Ley se cuentan de la siguiente manera:a) Por años o meses serán continuos y terminarán el día equivalente del año o mes respectivo. El que deba cumplirse en un día que carezca el mes, se…

LOPNNA Artículo 562: Sobreseimiento.

Artículo 562. Sobreseimiento Si dentro del año de dictado el sobreseimiento provisional no se solicita la reapertura del procedimiento, el Juez o Jueza de Control pronunciará el sobreseimiento definitivo. Concordancia adicional Código Civil Artículo 1186

Artículo 358. Contenido de la Responsabilidad de Crianza.
La Responsabilidad de Crianza comprende el deber y derecho compartido, igual e irrenunciable del padre y de la madre de amar, criar, formar, educar, custodiar, vigilar, mantener y asistir material, moral y afectivamente a sus hijos e hijas, así como la facultad de aplicar correctivos adecuados que no vulneren su dignidad, derechos, garantías o desarrollo integral. En consecuencia, se prohíbe cualquier tipo de correctivos físicos, de violencia psicológica o de trato humillante en perjuicio de los niños, niñas y adolescentes.

 

Concordancia adicional
Código Civil Artículo 128
Código Civil Artículo 191- Derogado
CRVB artículo 76