LOPNNA Artículo 100: Capacidad laboral.

Artículo 100. Capacidad laboral. Se reconoce a los y las adolescentes, a partir de los catorce años de edad, el derecho a celebrar válidamente actos, contratos y convenciones colectivas relacionados con su actividad laboral y económica; así como, para ejercer las respectivas…

LOPNNA Artículo 670: Servicios auxiliares.

Artículo 670. Servicios auxiliares La Sección de Adolescentes del Tribunal Penal contará con: a) Equipos multidisciplinarios o presupuesto para servirse de ellos. b) Una sala de estaciones y notificaciones

LOPNNA Artículo 408: Edad para ser adoptado o adoptada.

Artículo 408. Edad para ser adoptado o adoptadaSólo pueden ser adoptados o adoptadas quienes tengan menos de dieciocho años para la fecha en que se solicite la adopción, excepto si existen relaciones de parentesco o si la persona a ser adoptada ha estado integrado al hogar del…

LOPNNA Artículo 683: De los recursos económicos.

Artículo 683. De los recursos económicos El Ejecutivo Nacional incluirá en la Ley de Presupuesto anual, a solicitud del Tribunal Supremo de Justicia, los recursos económicos necesarios que garanticen el funcionamiento de la jurisdicción de protección de niños, niñas y…

LOPNNA Artículo 569: Remisión.

Artículo 569. Remisión. El o la fiscal del Ministerio Público podrá solicitar al juez o la jueza de control que se prescinda del juicio, o se limite éste a una o varias infracciones menores, o sólo a alguno de los adolescentes partícipes, cuando: a. Se trate de un hecho…

Artículo 19. DEROGADO.