LOPNNA Artículo 527: Integrantes.

Artículo 527. Integrantes. El Sistema Penal de Responsabilidad de los y las Adolescentes está integrado por: a) Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.b) Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia.c) Sección de adolescentes del tribunal penal.d)…

LOPNNA Artículo 615: Prescripción de la acción.

Artículo 615. Prescripción de la acción. La acción prescribirá a los diez años en caso de hechos punibles para los cuales se admite la privación de libertad como sanción, a los cinco años cuando se trate de otro hecho punible, salvo aquellos casos en que la prescripción sea más…

LOPNNA Artículo 426: Constitución de parentesco.

Artículo 426. Constitución de parentescoLa adopción crea parentesco entre:a) El adoptado o adoptada y los y las integrantes de la familia del adoptante. b) El o la adoptante y el o la cónyuge de la persona adoptada. c) El o la adoptante y la descendencia futura de la persona…

LOPNNA Artículo 546: Debido proceso.

Artículo 546. Debido proceso El proceso penal de adolescentes es oral, reservado, rápido, contradictorio y ante un tribunal especializado. Las resoluciones y sentencias son impugnables y las sanciones impuestas revisables, con arreglo a esta Ley. Concordancia adicional Código…

LOPNNA Artículo 531. Edad para la aplicación según los sujetos.

Artículo 531. Edad para la aplicación según los sujetos. Las disposiciones de este Título serán aplicadas a todas las personas con edad comprendida entre catorce y menos de dieciocho años al momento de cometer el hecho punible, aunque en el transcurso del proceso alcancen los…

Artículo 180. Ambiente físico adecuado y dotación de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes deben ser dotados de las instalaciones, equipo y personal necesario para el cumplimiento de sus funciones, entre otras deben contar con:
a) Un espacio dirigido especialmente a la atención de los niños, niñas y adolescentes durante su permanencia en la sede judicial.
b) Un espacio y dotación apropiada para la realización de las funciones del equipo multidisciplinario.
c) Ambientación adecuada a la condición de los niños, niñas y adolescentes como personas en desarrollo.

 

Concordancia adicional
Código Civil Artículo 524