LOPNNA Artículo 630: Derechos en la ejecución de las medidas.

Artículo 630. Derechos en la ejecución de las medidasDurante la ejecución de las medidas, el o la adolescente tiene los siguientes derechos, sin perjuicio de los demás que le puedan favorecer:a) Ser mantenido, preferentemente, en su medio familiar si éste reúne las condiciones…

LOPNNA Artículo 636: Funcionamiento de las instituciones.

Artículo 636. Funcionamiento de las entidades. Las entidades de atención deberán funcionar en locales adecuados, con equipo multidisciplinario en el área de salud integral, social, educativo, psicopedagógica, psicológica, psiquiátrica y jurídica. La educación integral, la…

LOPNNA Artículo 683: De los recursos económicos.

Artículo 683. De los recursos económicos El Ejecutivo Nacional incluirá en la Ley de Presupuesto anual, a solicitud del Tribunal Supremo de Justicia, los recursos económicos necesarios que garanticen el funcionamiento de la jurisdicción de protección de niños, niñas y…

LOPNNA Artículo 572: Adhesión de la víctima.

Artículo 572. Adhesión de la víctima En los hechos punibles de acción pública la víctima podrá adherirse a la acusación fiscal hasta el día anterior al fijado para la audiencia preliminar. Concordancia adicional Código Civil Artículo 1186

Artículo 180. Ambiente físico adecuado y dotación de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes deben ser dotados de las instalaciones, equipo y personal necesario para el cumplimiento de sus funciones, entre otras deben contar con:
a) Un espacio dirigido especialmente a la atención de los niños, niñas y adolescentes durante su permanencia en la sede judicial.
b) Un espacio y dotación apropiada para la realización de las funciones del equipo multidisciplinario.
c) Ambientación adecuada a la condición de los niños, niñas y adolescentes como personas en desarrollo.

 

Concordancia adicional
Código Civil Artículo 524