LOPNNA Artículo 493-M: Selección para el emparentamiento.

Artículo 493-M. Selección para el emparentamiento Una vez aprobada la idoneidad del o los solicitantes, y si existe un niño, niña o adolescente susceptibles de adopción, para quien el perfil del o de los solicitantes se adecué, la respectiva oficina de adopciones debe proceder…

LOPNNA Artículo 630: Derechos en la ejecución de las medidas.

Artículo 630. Derechos en la ejecución de las medidasDurante la ejecución de las medidas, el o la adolescente tiene los siguientes derechos, sin perjuicio de los demás que le puedan favorecer:a) Ser mantenido, preferentemente, en su medio familiar si éste reúne las condiciones…

LOPNNA Artículo 592: Ausencia del o de la querellante.

Artículo 592. Ausencia del o de la querellante. La no comparecencia del o de la querellante a la audiencia o su abandono sin autorización del juez o jueza de juicio, dará lugar a la declaración de desistimiento. Concordancia adicionalCódigo Civil Artículo 1186

Artículo 173. Jurisdicción
Corresponde a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el ejercicio de la jurisdicción para la resolución de los asuntos sometidos a su decisión, conforme con lo establecido en este Título, las leyes de organización judicial y la reglamentación interna.

 

Concordancia adicional
Código Civil Artículo 524