Código Orgánico Tributario: Artículo 317.
COT Artículo 317: La Procuraduría General de la República, dentro de los treinta (30) días continuos siguientes al recibo del expediente, emitirá opinión no vinculante sobre la transacción propuesta. La falta de opinión de la Procuraduría General de la República dentro del referido lapso se considerará como aceptación de llevar a cabo la transacción. PARÁGRAFO ÚNICO. No se requerirá la opinión de…
