LOPNNA Artículo 320. Prioridad en el trámite.

Artículo 320. Prioridad en el trámite. En los asuntos previstos en el Parágrafo Quinto del artículo 177. de esta Ley, todo tiempo será hábil y el tribunal dará preferencia al trámite de los mismos sobre cualquier otro asunto. En estos procedimientos no se observarán los…

LOPNNA Artículo 493-E: Informes de adoptabilidad.

Artículo 493-E. Informes de adoptabilidad Las oficinas de adopciones son los únicos órganos competentes para determinar la condición de adoptabilidad o no bio-psico-social-legal, de los niños, niñas y adolescentes que puedan ser susceptibles de adopción. A tales efectos, dichas…

LOPNNA Artículo 685: Entrada en vigencia.

Artículo 685. Entrada en vigencia. Esta Ley entrara en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de…

LOPNNA Artículo 271: Falso testimonio.

Artículo 271. Falso testimonio. Quien dé falso testimonio en cualesquiera de los procedimientos previstos en esta Ley será penado o penada con prisión de seis meses a dos años.Parágrafo Primero. En la misma pena incurre quien suministre documento o dato falso.Parágrafo Segundo.…

Artículo 117. Definición, objetivos y funcionamiento del Sistema Rector Nacional de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes.
El Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes es el conjunto de órganos, entidades y servicios que formulan, coordinan, integran, orientan, supervisan, evalúan y controlan las políticas, programas y acciones de interés público a nivel nacional, estadal y municipal, destinadas a la protección y atención de todos los niños, niñas y adolescentes, y establecen los medios a través de los cuales se asegura el goce efectivo de los derechos y garantías y el cumplimiento de los deberes establecidos en esta Ley.

Este Sistema funciona a través de un conjunto articulado de acciones intersectoriales de servicio público desarrolladas por órganos y entes del Estado y por la sociedad organizada.

 

Concordancia adicional
Código Civil Artículo 301
CRVB artículo 78