RLTT Artículo 75.

Venezuela: Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 75:El Ministerio de Transporte y Comunicaciones establecerá por Resolución las características, forma, tamaño, contenido y color de los formatos de placas identificadoras, certificado de registro de vehículos, certificado de circulación, certificaciones de datos, autorizaciones y cualquier otro dato que deba ser implementado para el…

LTT Artículo 45: DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS.

DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS. Venezuela: Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 45. A los fines de esta Ley, los vehículos de transporte terrestre se clasifican en: • No motorizados o de tracción a sangre. • A motor. • Maquinarias y aparatos aptos para circular. La tipología y características técnicas de los vehículos se regirán por lo establecido en las Normas del Sistema Nacional de…

LTT Artículo 18: ÓRGANOS DE EJECUCIÓN.

ÓRGANOS DE EJECUCIÓN.Venezuela: Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 18.A los efectos de esta Ley, se entiende por órganos de ejecución las autoridades encargadas de realizar y verificar el control del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, los cuales son:1. El Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transporte Terrestre, bajo la supervisión y adscripción del Instituto Nacional de Transporte…