Código Civil Artículo 863. Si el testador no hablare ni entendiere el idioma castellano, deberá ser asistido en todo caso por un intérprete que él mismo elegirá y que deberá también. firmar el acta.
Código Civil Artículo 13
Código Civil Artículo 13. El idioma legal es el castellano. Las oficinas públicas no podrán usar otro en sus actos; y los libros de cuentas…
