Código Civil Artículo 1127. Estas particiones pueden hacerse por acto entre vivos o por testamento, con las mismas formalidades, condiciones y reglas establecidas para las donaciones y testamentos.
Las particiones por acto entre vivos no pueden comprender sino los bienes presentes.
Código Civil Artículo 849
Código Civil Artículo 849. El testamento ordinario es abierto o cerrado.
