Moto Taxis Artículo 38: Definición de Servicio de Transporte de Personas en la modalidad individual Moto Taxis.

Se entiende como Servicio de Transporte de Personas en la modalidad individual Moto Taxis, aquel donde el usuario o la usuaria fija el lugar de destino, se realiza sin sujeción a rutas y bajo la contraprestación de un pago.