RESPONSABILIDAD DEL FUNCIONARIO O FUNCIONARIA POR DECISIÓN EXTEMPORÁNEA.

Venezuela: Ley de Tránsito Terrestre: Artículo 207.

La falta de decisión oportuna en los plazos previstos en el presente procedimiento, a excepción del recurso de reconsideración, acarreará la culminación del procedimiento administrativo, y la consecuente responsabilidad de los funcionarios o funcionarías involucrados conforme a la ley.



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