Código Civil Artículo 1739. Si el préstamo consiste en barras metálicas o en frutos, el deudor no debe restituir sino la misma cantidad y calidad, cualquiera que sea el aumento o disminución de su precio
Código Civil Artículo 1290
Código Civil Artículo 1290. No puede obligarse al acreedor a recibir una cosa distinta de la que se le debe, aunque el valor de la cosa…
