Código Civil Artículo 1586. El arrendador está obligado a entregar la cosa en buen estado y hechas las reparaciones necesarias.
Durante el tiempo del contrato debe hacer todas las reparaciones que la cosa necesite, excepto las pequeñas reparaciones que, según el uso, son de cargo de los arrendatarios.
Código Civil Artículo 606
Código Civil Artículo 606. El usufructuario está obligado a las reparaciones menores, y también a las mayores que se hayan ocasionado por…
