Código Civil Artículo 1422 Código Civil Artículo 1422. Siempre que se trate de una comprobación o de una apreciación que exija conocimientos especiales, puede…
Código Civil Artículo 1647 Código Civil Artículo 1647. Quien haya ejecutado una obra sobre cosa mueble tendrá derecho a retenerla en prenda hasta que se le pague.
Código Civil Artículo 1871 Código Civil Artículo 1871. Gozan de privilegio especial sobre los bienes muebles que respectivamente se designan: 1°. Los créditos…